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Las fuentes del Derecho español

Las fuentes del Derecho son los orígenes de las normas jurídicas: la ley, la costumbre y los principios generales.

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Hablar de las fuentes del Derecho significa preguntarse de dónde nacen las normas jurídicas. Es decir, quién las crea, cómo se establecen y qué jerarquía tienen entre ellas. En España, el sistema de fuentes está claramente regulado por la Constitución y por el Código Civil, y es la base de todo el ordenamiento jurídico.

EL ARTÍCULO 1 DEL CÓDIGO CIVIL

El artículo 1 del Código Civil español establece de forma expresa cuáles son las fuentes del Derecho: la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho. Estas tres fuentes están ordenadas en sentido jerárquico, es decir, la ley es superior a la costumbre, y esta es superior a los principios generales. Veremos cada una de ellas en detalle.

LA LEY: LA FUENTE PRINCIPAL

La ley es la fuente principal del Derecho en España. Por ley entendemos toda norma escrita aprobada por los órganos competentes del Estado, principalmente las Cortes Generales o los parlamentos autonómicos. Pero el concepto de ley es amplio e incluye muchos tipos de normas, ordenadas en una jerarquía estricta. En la cumbre está la Constitución de 1978, norma suprema de todo el ordenamiento. Por debajo de la Constitución se sitúan las leyes orgánicas, que regulan materias especialmente importantes, como los derechos fundamentales. Después vienen las leyes ordinarias, los decretos-leyes y los decretos legislativos. Más abajo están los reglamentos, normas dictadas por el Gobierno o la Administración.

LA JERARQUÍA NORMATIVA

Esta jerarquía es esencial porque significa que una norma de rango inferior no puede contradecir a una norma de rango superior. Un reglamento no puede ir contra una ley, y ninguna ley puede ir contra la Constitución. Si una norma inferior contradice a una superior, los tribunales pueden declararla inválida. El Tribunal Constitucional es el órgano que vigila la conformidad de las leyes con la Constitución, mientras que los tribunales ordinarios controlan la conformidad de los reglamentos con las leyes.

LA COSTUMBRE

La segunda fuente del Derecho es la costumbre. Se trata de una práctica social repetida y duradera, que es seguida con la convicción de ser jurídicamente obligatoria. La costumbre tiene un papel menor en el Derecho moderno, pero todavía se aplica en algunos ámbitos, especialmente en el Derecho mercantil, en el agrario y en los derechos forales de algunas Comunidades Autónomas. Para que la costumbre sea aplicable, no debe contradecir la ley ni la moral, y debe ser probada por quien la invoca.

LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

Los principios generales del Derecho son las ideas fundamentales que inspiran todo el ordenamiento jurídico, aunque no estén escritas explícitamente en ninguna ley. Ejemplos famosos son la buena fe, el abuso del derecho, la prohibición del enriquecimiento injusto, o el principio de igualdad. Estos principios se aplican cuando no hay una ley o una costumbre específica que resuelva el caso, y cumplen una función de orientación general para los jueces y los juristas.

LA JURISPRUDENCIA

Una mención especial merece la jurisprudencia, es decir, las sentencias reiteradas de los tribunales. En España, la jurisprudencia no es técnicamente una fuente del Derecho, pero tiene un valor muy importante. Las sentencias del Tribunal Supremo, dictadas repetidamente en el mismo sentido, sirven de referencia obligada para todos los demás tribunales y para los abogados. Cuando un asunto llega ante un juez, se citan sentencias anteriores para apoyar los argumentos. Por eso se dice que la jurisprudencia complementa el ordenamiento jurídico.

EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA

Desde que España entró en la Unión Europea en 1986, el Derecho de la UE también es fuente directa del Derecho español. Los reglamentos europeos se aplican directamente en todo el territorio nacional, sin necesidad de ser convertidos en ley española. Las directivas, en cambio, fijan objetivos que cada Estado debe alcanzar mediante sus propias leyes. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es el encargado de interpretar el Derecho europeo y sus sentencias también obligan a los tribunales españoles.

LA PUBLICACIÓN EN EL BOE

Para que una norma sea aplicable, debe estar publicada en el Boletín Oficial del Estado, conocido por sus siglas como el BOE. Hasta que no se publica, la norma no existe jurídicamente. Esta publicación garantiza que todos los ciudadanos puedan conocerla, y por eso se dice que la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento. Las Comunidades Autónomas tienen también sus propios boletines oficiales para sus normas regionales.

CONCLUSIÓN

El sistema de fuentes del Derecho español es complejo pero ordenado. Conocerlo es esencial para entender cómo se crean las normas, qué relación tienen entre ellas, y cómo se aplican en la práctica. La ley, la costumbre y los principios generales, junto con la jurisprudencia y el Derecho europeo, forman juntos el conjunto vivo y dinámico del ordenamiento jurídico moderno.

Suggerimento: leggi il brano una prima volta senza fermarti, poi una seconda volta ad alta voce insieme al video. Ripetere ad alta voce è il modo più veloce per fissare pronuncia e vocaboli.

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